Accesibilidad

Información de contacto sobre accesibilidad

Este sitio web está sujeto a los requisitos de la Política del NYS NYS-P08-005, "Accesibilidad de la información y las aplicaciones basadas en la web" que se pueden encontrar en: NYS-P08-005 Accesibilidad de la información y las aplicaciones basadas en la web

La política del Estado de Nueva York NYS P08-005 establece los requisitos mínimos de accesibilidad para la información y las aplicaciones basadas en la web desarrolladas, adquiridas, mantenidas o utilizadas por las entidades estatales. El objetivo de la política es fomentar una fuerza de trabajo estatal más inclusiva y aumentar la disponibilidad de los servicios gubernamentales para todos los miembros del público. 

Las preguntas relacionadas con esta política deben dirigirse a la Oficina de Información Pública de ITS en [email protected] .

 

Las dudas sobre la accesibilidad de este sitio web deben comunicarse a:

Dawn LaPointe

Coordinador DRA/ADA

(518) 473-3467

[email protected]

 

Si necesita un documento en un formato de archivo diferente al que proporcionamos actualmente, envíe un mensaje de correo electrónico a [email protected] y trataremos de atenderle.

 

La persona designada por la Agencia para las adaptaciones razonables (DRA) y el Coordinador de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (Coordinador ADA) se identifica a continuación. Esta persona podrá proporcionarle información y formularios para solicitar adaptaciones razonables y para reclamar la denegación de solicitudes de adaptación.

 

Coordinador DRA/ADA Nombre: 

Dawn LaPointe

Información de contacto del Coordinador DRA/ADA: 

Oficina de Relaciones con los Empleados

Oficina de Personal

2 Empire State Plaza, 8ª planta

Albany, Nueva York 12223

(518) 473-3467

[email protected]

 

Coordinador de DRA/ADA de reserva Nombre: 

Nicolás Giuliano

Información de contacto del Coordinador de DRA/ADA: 

Oficina de Relaciones con los Empleados

Oficina de Personal

2 Empire State Plaza, 8ª planta

Albany, Nueva York 12223

(518) 473-3467

[email protected]

Procedimientos para realizar ajustes razonables en los programas y servicios para personas con discapacidades

Aviso en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y la Ley de Rehabilitación

De acuerdo con los requisitos del Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 ("ADA"), la Oficina de Relaciones con los Empleados no discriminará a las personas calificadas con discapacidades por motivos de discapacidad en sus servicios, programas o actividades.

Empleo: La Oficina de Relaciones con los Empleados no discrimina por motivos de discapacidad en sus prácticas de contratación o empleo y cumple con todas las normas promulgadas por la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE.UU. en virtud del Título I de la ADA.

Comunicación efectiva: La Oficina de Relaciones con los Empleados proporcionará, por lo general, si así lo solicitan, ayudas y servicios apropiados que conduzcan a una comunicación efectiva para las personas cualificadas con discapacidades, de modo que puedan participar en igualdad de condiciones en los programas, servicios y actividades de la Oficina de Relaciones con los Empleados, incluyendo intérpretes cualificados de lenguaje de signos, documentos en braille y otras formas de hacer que la información y las comunicaciones sean accesibles para las personas que tienen problemas de habla, audición o visión.

Modificaciones de las políticas y los procedimientos: La Oficina de Relaciones con los Empleados hará todas las modificaciones razonables a las políticas y programas para asegurar que las personas con discapacidades tengan la misma oportunidad de disfrutar de todos sus programas, servicios y actividades. Por ejemplo, las personas con animales de servicio son bienvenidas en las oficinas de la Oficina de Relaciones con los Empleados, incluso cuando las mascotas están generalmente prohibidas.

Cualquier persona que requiera una ayuda o servicio auxiliar para una comunicación efectiva, o una modificación de las políticas o procedimientos para participar en un programa, servicio o actividad de la Oficina de Relaciones con los Empleados debe ponerse en contacto con la oficina de Dawn LaPointe en el 518-473-3467 o por correo electrónico [email protected] tan pronto como sea posible pero a más tardar 48 horas antes del evento programado.

La ADA no exige que la Oficina de Relaciones con los Empleados tome ninguna medida que altere fundamentalmente la naturaleza de sus programas o servicios, o que imponga una carga financiera o administrativa indebida.

Las quejas de que un programa, servicio o actividad de la Oficina de Relaciones con los Empleados no es accesible a las personas con discapacidad deben dirigirse a Dawn LaPointe en el 518-473-3467 o por correo electrónico a [email protected] .

La Oficina de Relaciones con los Empleados no impondrá un recargo a una persona con discapacidad en particular ni a ningún grupo de personas con discapacidad para cubrir el coste de la prestación de ayudas/servicios auxiliares o modificaciones razonables de la política, como la recuperación de artículos de lugares que están abiertos al público pero que no son accesibles para las personas que utilizan sillas de ruedas.

Procedimiento de reclamación en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y la Ley de Rehabilitación

Este procedimiento de reclamación se establece para cumplir con los requisitos de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 ("ADA"). Puede ser utilizado por cualquier persona que desee presentar una queja alegando discriminación por motivos de discapacidad en la prestación de servicios, actividades, programas o beneficios por parte de la Oficina de Relaciones con los Empleados. Las quejas de discriminación por discapacidad relacionadas con el empleo se tratan en otro lugar, en las políticas disponibles en la oficina de recursos humanos de la Oficina de Relaciones con los Empleados.

La queja debe presentarse por escrito y contener información sobre la supuesta discriminación, como el nombre, la dirección, el número de teléfono del demandante y el lugar, la fecha y la descripción del problema. No se requiere ningún formato particular de la queja. Se pondrán a disposición de las personas con discapacidad que lo soliciten medios alternativos para presentar las quejas, como entrevistas personales o una grabación de la queja.

La queja debe ser presentada por el agraviado y/o su designado tan pronto como sea posible, pero a más tardar 60 días naturales después de la supuesta violación, a:

Dawn LaPointe, Designada de Acomodación Razonable (DRA)/Coordinadora de ADA:
Office of Employee Relations, Personnel Office, 2 Empire State Plaza, 8th Floor, Albany, New York 12223

Dentro de los 15 días naturales siguientes a la recepción de la queja, el Coordinador de la ADA o su designado se reunirá con el demandante para discutir la queja y las posibles resoluciones. Dentro de los 15 días naturales siguientes a la reunión, el Coordinador de la ADA o su designado responderá por escrito y, en su caso, en un formato accesible para el demandante, como letra grande, Braille o cinta de audio. La respuesta explicará la posición de la Oficina de Relaciones con los Empleados y ofrecerá opciones para la resolución sustantiva de la queja.

Si la respuesta del Coordinador de la ADA o su designado no resuelve satisfactoriamente la cuestión, el demandante y/o su designado pueden apelar la decisión dentro de los 15 días naturales siguientes a la recepción de la respuesta al jefe de la agencia o su designado o su designado.

En un plazo de 15 días naturales a partir de la recepción de la apelación, el jefe de la agencia o la persona que éste designe responderá por escrito y, en su caso, en un formato accesible para el demandante, con la resolución final de la agencia sobre la queja, o indicando que el asunto ha sido devuelto al Coordinador de la ADA para que tome nuevas medidas. Si se indican medidas adicionales, se contactará con el demandante en un plazo de 15 días a partir de la respuesta escrita.

Todas las quejas escritas recibidas por el Coordinador de la ADA o su designado, las apelaciones al jefe de la agencia o su designado, y las respuestas de estas dos oficinas serán conservadas por la Oficina de Relaciones con los Empleados durante al menos tres años.

Formulario de reclamación de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades y de la Ley de Rehabilitación